ASUNTO 01-2026 DE LOS HORARIOS DE LAS CELEBRACIONES

 


POR GRACIA DE DIOS Y DE LA SANTA SEDE APOSTÓLICA

OBISPO DIOCESANO DE LA DIÓCESIS DE DOLORES

A los Reverendos Presbíteros, Diáconos y a todo fiel Diocesano, salud paz y bien en Cristo Nuestro Señor. 

Queridos hermanos en Cristo:

Reciban un cordial saludo en el Señor Jesús y en María Santísima, Nuestra Madre, bajo la advocación de Nuestra Señora de los Dolores.

Ante la situación suscitada por celebraciones que han coincidido en el mismo tiempo y en virtud de lo establecido por el canon 381 § 1, Art. 2 del Código de Derecho Canónico, que confiere al Obispo diocesano la plena potestad ordinaria, propia e inmediata en su diócesis, me permito establecer las siguientes disposiciones para el orden y la comunión en nuestras celebraciones:

  • Respetar las celebraciones de nuestros hermanos presbíteros y diáconos en la diócesis. Las celebraciones no deben realizarse simultáneamente, ni 30 minutos antes; la adecuada organización de los horarios es primordial para mantener el orden y favorecer la participación de los fieles. Asimismo, se recuerda que el bot de música no puede ser utilizado en distintas celebraciones al mismo tiempo.
  • No se debe programar ninguna otra celebración en el mismo horario cuando el Obispo Diocesano o el Santo Padre presidan una liturgia.
  • Enviar las invitaciones con la debida anticipación, a fin de evitar desórdenes en los horarios y permitir una mejor organización durante el día.

Estas disposiciones se establecen para salvaguardar el orden en nuestra diócesis, nuestra casa común. Les imparto mi bendición y los animo a vivir nuestro ministerio en espíritu de servicio pleno.

Con afecto fraterno,


 Monseñor Alex Blandon

Obispo Diocesano 
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